Migraciones redefine los criterios para acreditar solvencia económica en solicitudes de residencia permanente
La Resolución N.º 407/2026 establece criterios unificados para acreditar la solvencia económica de los extranjeros que soliciten la residencia permanente en Paraguay. La normativa exige documentación que respalde la actividad desarrollada por el solicitante, incorpora mayores mecanismos de verificación y adecua el procedimiento a los lineamientos previstos en el Acuerdo sobre Residencia del Mercosur.

La Dirección Nacional de Migraciones aprobó la Resolución N.º 407/2026, por la cual unificó los criterios para acreditar la solvencia económica de los ciudadanos extranjeros que soliciten la residencia permanente en Paraguay.
La normativa, vigente para los trámites ingresados desde el 6 de julio, actualiza los requisitos documentales y adecua el procedimiento a las exigencias previstas en el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur.
La resolución establece que los solicitantes deberán demostrar la actividad económica que desarrollan mediante documentación respaldatoria, incorporando criterios uniformes tanto para las residencias tramitadas bajo la Ley N.º 6984/2022 de Migraciones como para aquellas gestionadas al amparo del régimen del Mercosur.
En ese contexto, el director de Expediciones de Migraciones, Alexis Muñoz, explicó a medios locales que la acreditación de solvencia ya no se limitará a una declaración del interesado, sino que deberá sustentarse con documentos que permitan verificar la actividad que desarrolla.
“Los extranjeros que soliciten la residencia permanente deberán demostrar su solvencia económica mediante documentos que acrediten la actividad a la que se dedican, como la inscripción en el Registro Único del Contribuyente (RUC) y los movimientos del IVA. Con esto podremos contar con información más precisa sobre el rubro en el que se desempeñan”, señaló.
Según el funcionario, el objetivo de la resolución es fortalecer los mecanismos de verificación de la información presentada durante el trámite y estandarizar los criterios utilizados por la institución para evaluar las solicitudes.
La actualización también introduce cambios en la información que contendrá el carnet de residencia. Muñoz indicó que la profesión u ocupación del residente dejará de figurar en el documento expedido por Migraciones, aunque esos datos continuarán formando parte del expediente administrativo de cada solicitante.
"La profesión ya no aparecerá en el carné de residencia, pero esa información seguirá siendo conservada por la institución para fines de control", precisó.
De acuerdo con Migraciones, la modificación responde a la necesidad de armonizar el régimen nacional con los lineamientos del Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, que contempla la acreditación de la actividad económica o los medios de vida como parte del proceso para acceder a una residencia permanente.
Aseguran que más que incorporar un nuevo requisito, con esto se busca dotar de mayor uniformidad, trazabilidad y seguridad al proceso de evaluación de las residencias permanentes.


