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DNIT implementa el reporte de criptoactivos entre pedidos de ajustes y reparos sobre la privacidad

La DNIT avanza en la implementación de la Resolución N.º 47/2026, que obliga a informar operaciones con criptoactivos, mientras la Cámara Paraguaya de Fintech propone ajustes para diferenciar la actividad comercial de quienes invierten por cuenta propia y limitar la información sobre tenencias y billeteras.

DNIT implementa el reporte de criptoactivos entre pedidos de ajustes y reparos sobre la privacidad
Sofía CéspedesSofía CéspedesPERIODISTA06 de octubre de 2026·

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) avanza con la implementación de la declaración jurada informativa de criptoactivos y abrió una mesa de trabajo con representantes del sector fintech para definir aspectos técnicos de su aplicación.

La discusión se centra ahora en el alcance de la información que deberán entregar los usuarios y las plataformas, bajo la Resolución DNIT N.º 47/2026, que establece la obligación de informar las transacciones realizadas con criptoactivos.

La norma alcanza a los responsables de plataformas de criptoactivos que operen en Paraguay y también a personas físicas, jurídicas y otras entidades residentes o constituidas en el país que superen USD 5.000 anuales en operaciones con criptoactivos mediante plataformas no residentes o sin intermediarios.

La declaración será anual, se presentará por Marangatu y la primera corresponderá al ejercicio 2026, con vencimiento en marzo de 2027 para quienes cierren el ejercicio al 31 de diciembre.

El nivel de información requerido es uno de los principales puntos de discusión. Por cada operación, la DNIT podrá recibir datos como fecha y hora, participantes, activo utilizado, cantidad, valor en dólares, costos, hash de la transacción, direcciones de origen y destino y tipo de billetera. La resolución también contempla operaciones de compra y venta, tenencia, intercambio, transferencias, pagos, minería, staking y otras formas de disposición de criptoactivos.

Fernando Arriola, director de la Cámara Paraguaya de Fintech, explicó a Agenda Legal que el sector considera necesaria la declaración porque permitirá dimensionar el mercado y contar con información para avanzar hacia una regulación efectiva.

Sin embargo, planteó modificaciones al alcance actual. La cámara sostiene que no debería equipararse a quien mantiene criptoactivos como inversión personal con quien desarrolla una actividad comercial de intercambio, como un operador OTC o una empresa dedicada al cambio de dólares por stablecoins.

La propuesta es que las obligaciones más exigentes se concentren en quienes realizan el intercambio como negocio y que esos operadores estén debidamente registrados y sujetos a controles. Para Arriola, el límite de USD 5.000 no constituye el principal problema para las empresas del sector, que ya trabajan bajo estándares de prevención de lavado de dinero y, según explicó, reportan operaciones desde montos inferiores.

El otro punto sensible es la información sobre las billeteras de origen y las tenencias de los clientes. El gremio considera que exigir datos sobre los activos mantenidos en wallets externas puede generar riesgos de privacidad y seguridad. Arriola recordó casos internacionales de filtración de información vinculada a billeteras y sostuvo que exponer ese nivel de información podría aumentar los riesgos para los usuarios.

La posición del sector, por tanto, no busca eliminar el reporte, sino modificar su alcance, distinguir entre inversión personal y actividad comercial, precisar qué operadores deben quedar sujetos a mayores obligaciones y evitar que la declaración exija información patrimonial que, según el rubro, exceda lo necesario para el control tributario.